El acceso a la salud para los trabajadores independientes en Argentina atraviesa un período de reordenamiento institucional. Tras la implementación del Decreto 955/2024, el sistema de afiliación para el Régimen Simplificado dejó de ser abierto y pasó a regirse por un padrón estricto administrado por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). En febrero de 2026, el listado oficial se mantiene en 41 entidades habilitadas, las únicas autorizadas para recibir nuevos aportes y gestionar altas de contribuyentes y sus familias.
Para el monotributista, conocer este listado no es solo una cuestión informativa, sino una necesidad administrativa: las obras sociales que no figuran en este registro están legalmente facultadas para rechazar nuevas afiliaciones, aunque deben mantener la cobertura de quienes ya eran socios previamente.
Listado oficial: qué obras sociales aceptan monotributistas este mes
Entre las opciones disponibles en febrero de 2026, se destacan tanto entidades sectoriales como mutuales de dirección que han decidido abrir su padrón al segmento independiente. Algunas de las más relevantes son:
- OSDEPYM: Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas.
- OSTPBA: Obra Social de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires.
- OSFYB: Obra Social de Farmacéuticos y Bioquímicos.
- OSAMOC: Asociación Mutual de los Obreros Católicos Padre Federico Grote.
- OSFATUN: Obra Social de la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales.
- Programas Médicos: Sociedad Argentina de Consultoría Mutual.
- Amsterdam Salud S.A.: La incorporación más reciente al padrón oficial.
- Andar (OSVVRA): Obra Social de Viajantes Vendedores de la República Argentina.
Este padrón incluye también obras sociales específicas de actividades como la industria del vidrio, trabajadores de prensa de Córdoba y Mar del Plata, comisarios navales y peones de taxis, entre otras.
Cobertura para el grupo familiar: costos y requisitos
El Monotributo permite extender la cobertura médica al grupo familiar primario (cónyuge e hijos), pero este beneficio no es automático ni gratuito.
- Aporte adicional: Por cada integrante que se sume al plan, el contribuyente debe abonar un componente de obra social extra en su cuota mensual. En febrero de 2026, este valor se ajusta según la categoría, siguiendo la actualización de las escalas de ARCA (ex AFIP).
- Unificación de aportes: Si ambos cónyuges son monotributistas, pueden unificar sus aportes para acceder a una mejor prestadora o a un plan superador, siempre y cuando ambos elijan la misma entidad.
- Trámite de alta: Tras pagar el componente adicional, es obligatorio realizar la afiliación presencial o digital ante la obra social elegida. Se debe presentar el Formulario 184/F, el último comprobante de pago y los DNI del grupo familiar.
El paso obligatorio: la Declaración Jurada de Salud
Muchos contribuyentes cometen el error de creer que el alta en ARCA es suficiente para tener cobertura. Sin embargo, para que la obra social active los servicios del Programa Médico Obligatorio (PMO), el titular debe presentar la Declaración Jurada 300/97 ante ANSES. Este documento es indispensable para registrar la aptitud psicofísica y es el paso final para que la prestadora no ponga trabas en la atención de enfermedades preexistentes o tratamientos complejos.
Plazos y derecho a cambio
Bajo las reglas vigentes en 2026, el derecho a la libre elección de obra social se puede ejercer una vez al año. Tras elegir una entidad del listado de las 41 habilitadas, el monotributista debe permanecer en ella por un período mínimo de 12 meses antes de solicitar un nuevo traslado. El cambio se hace efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud en el portal de “Mi SSSalud”.
Es fundamental verificar que la entidad elegida tenga prestadores y centros de atención cercanos a tu domicilio, ya que muchas de las obras sociales del listado tienen una fuerte impronta regional o sectorial y podrían no contar con cartilla médica en todas las provincias.














