Monotributo 2026: qué cambios propone la reforma y cómo impactarán en tu bolsillo

El inicio de 2026 marca un punto de inflexión para los más de 4,5 millones de trabajadores independientes en Argentina. Mientras la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) termina de definir las escalas que regirán desde febrero, el debate en el Consejo de Mayo y los proyectos en el Congreso anticipan una transformación profunda del Régimen Simplificado. No se trata solo de actualizar montos por inflación, sino de un cambio estructural que busca eliminar el “enanismo fiscal” y facilitar el salto hacia el Régimen General.

Actualización por inflación: las escalas estimadas para febrero 2026

Tras conocerse el dato de inflación de diciembre (2,8%), el ajuste semestral para el periodo febrero-agosto de 2026 se estima en un 14,3%. Si bien ARCA publicará los valores oficiales en los próximos días, los especialistas tributarios ya proyectan los nuevos topes de facturación anual para las principales categorías:

  • Categoría A: El límite de facturación pasaría de $8,9 millones a aproximadamente $10.278.000 anuales.

  • Categoría H (Servicios): El tope se elevaría a unos $70.113.000.

  • Categoría K (Comercio): El límite máximo para permanecer en el régimen alcanzaría los $108.357.000.

Este incremento en los topes de facturación vendrá acompañado de un aumento proporcional en la cuota mensual.

Los tres ejes de la “Reforma de Mayo” para el Monotributo

El Gobierno Nacional, a través del Consejo de Mayo, analiza propuestas que van más allá del ajuste de precios. Los puntos clave que se debaten para la próxima ley de reforma tributaria incluyen:

  • Creación de un Régimen Intermedio: El objetivo es eliminar el “abismo” que existe hoy entre el Monotributo y ser Responsable Inscripto. Se propone un sistema “puente” para CUITs personales con ingresos de hasta tres veces la categoría máxima actual y la posibilidad de tener hasta nueve empleados (hoy el límite es tres).
  • Eliminación de parámetros “absurdos”: La reforma propone simplificar el control eliminando requisitos como la superficie del local, el consumo de energía eléctrica o el monto del alquiler. La categorización pasaría a depender exclusivamente de los ingresos brutos anuales.
  • Monotributo Digital: Un proyecto de ley busca crear un subrégimen específico para trabajadores de la economía del conocimiento y plataformas digitales, facilitando la exportación de servicios y la regularización de ingresos en dólares.

Recategorización de enero: fechas y advertencias

A pesar de los cambios en debate, la obligación inmediata para los contribuyentes es la recategorización de enero 2026. Los puntos a tener en cuenta son:

  • Plazo: El período para evaluar la facturación de los últimos 12 meses y realizar el cambio de categoría se extiende habitualmente hasta el 20 de enero, aunque este año podría haber una prórroga técnica hasta los primeros días de febrero.

  • Valores de referencia: Para esta recategorización se deben utilizar las tablas vigentes al 31 de diciembre de 2025. Los nuevos valores ajustados por inflación solo comenzarán a aplicarse en el pago de la cuota de febrero.

  • Fiscalización electrónica: ARCA ha intensificado los controles cruzados entre gastos de tarjetas de crédito, movimientos bancarios y facturación emitida. Superar los topes actuales sin recategorizarse voluntariamente puede derivar en una exclusión de oficio con multas de hasta el 50% del impuesto omitido.

Qué esperar para el resto del año

El Gobierno ha manifestado su intención de dividir la reforma tributaria en proyectos separados para asegurar su aprobación legislativa. Mientras que la actualización de escalas es automática y ya es un hecho para febrero, las reformas estructurales (como el nuevo régimen intermedio) podrían tratarse en sesiones ordinarias durante el primer semestre de 2026.

Para los contribuyentes, el consejo de los expertos es mantener un control estricto de la facturación mensual para no quedar “atrapados” en el Régimen General antes de que se aprueben las nuevas medidas de alivio fiscal.

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