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DOLORES: Condenan a vecino por intentar abusar de la nieta de su pareja

justicia

En un fallo reciente dictado por la Juez titular del Juzgado Correccional nº 1 Departamental, un vecino de Dolores fue condenado por haber intentado abusar de la nieta de su pareja.

El juicio tuvo carácter de abreviado, habiendo el Fiscal y la Defensa con consentimiento del imputado acordado la calificación y el estimado de la pena.

En la sentencia consignó la Juez Dra. María Eva Merlo, haber formado convicción que en el mes de mayo del año 2012, en circunstancias que una menor de 9 años de edad se encontraba en el interior del domicilio de su abuela en la ciudad de Dolores, un sujeto adulto, que era pareja de ésta última, llevó a la niña engañada hasta el dormitorio donde tras bajarse los pantalones le propuso a la menor que se acostara con él, prometiéndole que la llevaría a todos lados y le haría regalos varios, no logrando consumar el individuo el abuso al irrumpir en dicho lugar la madre de la victima, retirándose el masculino rápidamente hacia el baño mientras se sujetaba los pantalones.

La progenitora formuló la respectiva denuncia, precisando que al ingresar a la vivienda y no observar ni escuchar a la niña, nerviosa se había dirigido a la cocina y luego al dormitorio de su madre, el que estaba a oscuras, observando al ingresar que su padrastro se dirigía al baño como escondiéndose, indicando que recién al otro día la niña había contado lo ocurrido, diciendo mientras lloraba y en forma textual “se quiso aprovechar de mí, se estaba bajando los pantalones“, agregando que le había ofrecido comprarle un par de zapatillas si “hacía lo que él quería”.

La perito psicóloga luego de entrevistar a la niña entre otros puntos de su informe precisó, “que no se detectaba ideaciones motivadas o inducidas por un adulto”.

La Juez luego de analizar los testimonios incorporados a la investigación, en especial el de la niña, consideró que la materialidad delictiva del hecho había quedado acreditada, recordando que el bien jurídico protegido era la libertad sexual, “entendida como la libre disposición del cuerpo y respeto del pudor sexual. Se protege el candor, la inocencia o la ineptitud por falta de madurez mental para entender el significado fisiológico del acto”, precisó la Juez.

Por todo ello resolvió condenar a J.C.S  como autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual simple en grado de tentativa”, a la pena de “un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional”, atento su condición de primario en el delito.

 Nota: se omiten detalles que pudieran permitir identificar a la víctima, tal lo establece la Convención de los Derechos del Niño.

Fuente: Compromiso/////

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