Con el inicio del año fiscal 2026, miles de argentinos buscan recuperar el dinero retenido por sus consumos en moneda extranjera realizados durante 2025. Tras la disolución de la AFIP y la creación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el procedimiento para solicitar el reintegro de las percepciones del 30% (correspondientes a los adelantos de Ganancias y Bienes Personales) se mantiene vigente, aunque con la nueva interfaz y controles del organismo actual.
Es fundamental entender que, si bien el Impuesto PAÍS caducó técnicamente a fines de 2024, el Gobierno nacional estableció un régimen de percepciones que mantiene un recargo del 30% sobre el valor del dólar oficial para gastos con tarjeta, compra de divisas para atesoramiento y servicios digitales.
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Quiénes pueden pedir la devolución y requisitos previos
El trámite está habilitado para aquellos contribuyentes que sufrieron las percepciones durante el año anterior pero que, por su situación fiscal, no pueden deducirlas directamente. Los perfiles aptos son:
- Personas que no están inscriptas en el Impuesto a las Ganancias ni en Bienes Personales.
- Monotributistas (que no sean contribuyentes de los impuestos antes mencionados).
- Trabajadores en relación de dependencia y jubilados que no sufrieron retenciones de Ganancias en su recibo de sueldo durante 2025.
- Empleados que sí pagan Ganancias pero que tuvieron percepciones bajo el código 219 (Bienes Personales), las cuales se tramitan por una vía distinta al Siradig.
Antes de iniciar la solicitud en el portal de ARCA, es obligatorio cumplir con tres pasos administrativos: contar con CUIT y Clave Fiscal nivel 2 o superior, tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (donde llegarán las notificaciones) y haber informado una CBU o CVU de una cuenta bancaria propia para recibir el depósito.
Paso a paso para realizar el trámite en el portal de ARCA
La gestión es 100% digital y se realiza mes a mes por cada período del año anterior. Aquí te detallamos el camino para completar el Formulario F. 1746:
- Ingreso al sistema: Acceder a la web oficial de ARCA con CUIT y Clave Fiscal.
- Habilitación del servicio: Buscar la herramienta “Devolución de Percepciones”. Si no aparece en tu menú, debés agregarla desde el “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
- Carga del período: Seleccionar el botón “Nuevo” e ingresar el período fiscal en formato AAAAMM (por ejemplo, para enero de 2025 colocar 202501).
- Selección de percepciones: El sistema desplegará automáticamente las retenciones informadas por bancos, tarjetas y agencias de viaje. Debés tildar aquellas que desees reclamar.
- Carga manual (opcional): Si realizaste un gasto y no figura en el listado, podés cargarlo manualmente con el comprobante en mano, aunque esto suele disparar fiscalizaciones más exhaustivas por parte del organismo.
- Presentación: Una vez verificado el monto, hacer clic en “Presentar”. El sistema emitirá un acuse de recibo.
Plazos, intereses y qué hacer si pagan Ganancias
Para los empleados alcanzados por Ganancias, el reintegro de las percepciones bajo el código 217 (Ganancias) se gestiona a través del formulario Siradig – Trabajador, que tiene como fecha límite el 31 de marzo de 2026. En este caso, el dinero no se deposita en la cuenta bancaria, sino que el empleador lo devuelve con los sueldos de abril o mayo.
Un dato positivo para este año es que ARCA reconoce un interés por la demora en la devolución. Desde el momento en que se presenta la solicitud hasta que se efectiviza el pago, se genera un interés mensual (actualmente en torno al 0,5% al 3,2% según el caso) que busca compensar parcialmente la pérdida de valor adquisitivo por la inflación.
Errores comunes que traban el reintegro
El organismo puede rechazar o demorar la solicitud si detecta inconsistencias. Los motivos más frecuentes son:
- Poseer deudas de aportes de Monotributo o autónomos.
- Inconsistencias entre los ingresos declarados y los consumos realizados con tarjeta.
- Falta de validación de la CBU (es común olvidar marcar la casilla “Devoluciones” al registrar la cuenta).
- Haber realizado consumos que fueron cancelados posteriormente (devoluciones de compras).
Si el estado de tu trámite figura como “Sujeto a fiscalización”, ARCA revisará minuciosamente tu capacidad económica. En caso de aprobación, el estado cambiará a “Pago Devolución” y el dinero se acreditará automáticamente en la cuenta informada.













