La Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó este lunes un fallo de primera instancia que habilitaba a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner para votar en las elecciones legislativas del 26 de octubre, por su condena firme en la causa Vialidad.
El fallo anulado había sido dictado por la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien en julio había declarado inconstitucionales ciertos artículos del Código Penal y del Código Electoral que prevén la inhabilitación y la exclusión del padrón para personas condenadas por delitos dolosos. Esa resolución permitía que Cristina Kirchner permaneciera en el padrón electoral de Santa Cruz pese a la condena.
Pero la CNE consideró que ese fallo no cumplía con los requisitos legales y jurisprudenciales que exige el sistema: entre ellos, que la petición sea concreta de parte del interesado (o del Ministerio Público Fiscal), que se analice caso por caso la naturaleza del delito, la viabilidad jurídica y factual del voto, y que la sentencia no sea dictada de oficio.
Por lo tanto, la Cámara determinó que Cristina Kirchner debe ser excluida del padrón electoral y no podrá emitir su voto en las próximas elecciones legislativas de octubre.