RANCHOS: Condenan a conductor de camión a prisión de efectivo cumplimiento

Francisco Díaz

En el marco de un juicio oral realizado en el Juzgado Correccional nº 2 de Dolores, la Dra. Claudia Castro actuando como Juez subrogante para el caso, condenó a un conductor de camión, vecino de la ciudad de Ranchos, por su responsabilidad en un accidente que dejó como saldo una persona muerta y otra gravemente herida.

Según consignó en el veredicto tuvo por legal y plenamente probado, que antes del mediodía del el 13 de agosto de 2013, Juan Alberto Ferrante circulaba por la Ruta provincial 20 hacia la localidad de Ranchos conduciendo un camión Ford F-350 con caja térmica. Que al llegar a la altura de la Laguna Vitel lo hacía detrás de un automóvil “a una distancia menor a la prudente de acuerdo a la velocidad de marcha”, invadiendo en esas circunstancias como consecuencia una acción de frenado el carril contrario de la ruta y embistiendo a un automóvil Torino que circulaba hacia Chascomús, produciéndose como consecuencia del impacto el fallecimiento de quien viajaba como acompañante en ese rodado y lesiones graves al conductor.

La defensa del procesado sostuvo que el suceso había sido producto de la aparición súbita e imprevista de un vehículo Audi -conducido por una mujer-, que a su entender habría sobrepasado al camión para ponérsele por delante, obligando a su defendido a frenar para evitar colisionarlo, circunstancias que motivó el bloqueo de los frenos del camión y que el mismo se cruzara de mano.

En el juicio declararon seis testigos, entre ellos el accidentado conductor del Torino, quien brindó su testimonio en silla de ruedas y dijo no recordar las circunstancias del hecho, precisando que a consecuencias del accidente había perdido su trabajo de 23 años como operario de una fábrica.

También lo hizo la mujer que conducía el Audi, quien manifestó que al pasar una curva había podido observar que más adelante circulaba un tractor con un “pinche” atrás, razón por la cual había reducido la velocidad de su vehículo, marchando según dijo “como en un trencito”. Que en esas circunstancias se acercó desde atrás un camión en momentos en que de frente aparecía un auto, colisionando seguidamente ambos vehículos.

Asimismo lo hizo el conductor del tractor, que dijo que circulaba por la ruta llevando de arrastre una herramienta para levantar rollos de pasto, que lo hacía con luces encendidas y una bandera roja al final de esa herramienta. Precisó que no había presenciado el accidente porque había ocurrido detrás suyo.

El acompañante del camionero declaró en el sentido expuesto por la defensa, dijo que la conductora del Audi había dicho que la culpa de lo sucedido era de ella. No recordó haber visto ni otro auto ni al tractor.

El imputado por su parte sostuvo, que el auto había superado al camión que conducía, que se había colocado adelante y por ello obligado a frenar, jugándole según su afirmación “los frenos una mala pasada”, ya que lo había llevado hacia el otro carril e impactar contra el vehículo que venía de frente. Dijo no haber visto el tractor que aparentemente circulaba adelante.

Las pericias determinaron que la velocidad del camión era superior a los 93 km/hora, siendo la permitida de 110 Km.

La Dra. Castro en su análisis del caso dijo, que había quedado claro que la colisión había sido como consecuencia de la maniobra de frenado, que había generado el bloqueo de las ruedas traseras del camión, la pérdida del control del mismo y su desplazamiento hacia la mano contraria. Que si bien la velocidad permitida era de 110 Km., el imputado debió circular a una velocidad inferior dado que circulaba un tractor con una herramienta, detrás del mismo dos vehículos, uno de ellos el Audi mencionado. El procesado para la Juez no guardó la distancia prudencial con los vehículos que le precedían, transitando a una velocidad que por las circunstancias del caso aumentaban el riesgo.

En cuando a la responsabilidad que el imputado –que consideró acreditada- y su defensa pretendían endilgarle a la conductora del Audi, la Juez sostuvo que ello se contradecía con el testimonio que la mujer había brindado, con los dichos del tractorista, y que tampoco ello se sustentaba con las demás circunstancias corroboradas en el juicio.

Al momento de merituar la pena a imponer, la magistrada tuvo en cuenta una condena anterior de ejecución condicional que registraba el procesado, razón por lo cual la a dictarse debía ser de cumplimiento efectivo.

Por todo ello la Dra. Claudia Castro resolvió condenar a Juan Alberto Ferrante, de 46 años de edad, domiciliado en la localidad de Ranchos, como autor responsable del delito de “Homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor, en concurso ideal con lesiones culposas agravadas”, imponiéndole la pena de “Tres años de prisión de efectivo cumplimiento, e Inhabilitación especial para conducir por el término de seis años”.

Si bien no se lo pudo corroborar seguramente esta sentencia será recurrida en apelación ante la Cámara Penal de Dolores.

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