PASO 2021: ¿De cuánto es la multa por no ir a votar en las elecciones?

Andrea Fernández

Las Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO 2021) se realizarán el próximo domingo 12 de septiembre.

Como bien lo dice su nombre, las PASO 2021 son de carácter obligatorio, por lo que muchos ciudadanos se preguntan qué sucede si por algún motivo no pueden asistir a votar. Ante ello, la respuesta es que tendrán una multa, ¿pero de cuánto?

Esta duda muy común entre los ciudadanos, así como el hecho de saber si aplica al no poder justificar la ausencia. Sin embargo, no te preocupes, seguí leyendo esta nota y conocé qué sucede si no podés emitir tu voto este domingo 13 de septiembre.

Multa por no votar en las PASO 2021

Si no ejerciste tu derecho al voto en un acto electoral (ya sean en estas primarias o en las generales), tendrás una multa; la cual tendrá un valor de $50 pesos.

Aunado a ello, si no votás en las PASO de este mes ni en las generales que serán en noviembre, tendrás una multa mayor. Esto debido a que tendrás otra multa de $100, la cual se sumará a los $50 pesos de la primera falta.

Esto significa que si no votás en ninguna de las dos elecciones y si tampoco lo justificas, tendrás una multa en total de $150 pesos.

¿Cómo pagar la multa?

Para pagar la multa por no votar en las PASO 2021 o en las generales de noviembre, deberás verificar primero que estás presente en el Registro de Infractores.

Una vez constates esto, el sistema te permitirá ingresar a la impresión de un comprobante para realizar el pago de la multa que tengas. Dicha multa podrás abonarla en cualquier sede del Banco de la Nación Argentina; así como en otras entidades donde se habilite el cobro.

Razones por las que se te podría exceptuar de votar en las elecciones

Actualmente hay tres razones por las que el no votar se puede justificar, las principales que puede dar excepción a la ausencia del sufragio son:

  1. Motivos de fuerza mayor para el elector (estar lejos del lugar de votación según el padrón electoral).
  2. Por enfermedad.
  3. Tener coronavirus o haber recibido la noticia de un contacto estrecho presente un síntoma en el momento en el que están en el lugar donde debían votar.

Sin embargo, tené en cuenta que ambas situaciones requieren igualmente del certificado que lo acredite. Además, dicho certificado debe presentarse antes de los 60 días tras el día de las elecciones.

En el caso de ser por lejanía, la idea es demostrar que estaba a más de 500 kilómetros, por lo que debe ser en la comisaría más cercana. Por su parte, en el caso de tratarse de enfermedad, podés presentar un certificado médico.

¿Qué pasa si no pagas la multa?

Finalmente, si no votás, no justificas tu ausencia y tampoco regularizas tu situación pagando la multa, se te sancionará y no podrás realizar trámites o gestiones en los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales por un año.

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