La Cámara de Mar del Plata rechazó el pedido de Macri y confirmó al Juez Federal de Dolores

Francisco Díaz

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó este jueves al juez de Dolores Martín Bava al frente de la causa por el espionaje ilegal realizado sobre familiares de víctimas del ARA San Juan al rechazar el segundo planteo de recusación que había sido presentado por la defensa del expresidente Mauricio Macri.

De esta manera, el magistrado seguirá a cargo del caso y en breve debe resolver si procesa a Macri.

Tras la audiencia realizada el viernes pasado con la presencia del abogado de Macri, Pablo Lanusse, y de los abogados querellantes representantes de los familiares víctimas del espionaje ilegal, este jueves los camaristas Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez -Santiago Martín, que participó de la audiencia, está de licencia- resolvieron no hacer lugar al segundo pedido de recusación formulado por Macri, tal como ya lo habían hecho en el planteo anterior resuelto a fines de octubre.

De esa manera, el juez subrogante de Dolores, Martín Bava, seguirá al frente de la investigación y uno de los próximos pasos que tendrá por delante tras la declaración indagatoria ya cumplida será resolver la situación procesal de Macri, es decir si lo procesa, lo sobresee o dicta una falta de mérito en torno a la acusación.

El segundo planteo de recusación se sustentó entre sus argumentos en la situación particular que se vivió en una de las citaciones a prestar declaración indagatoria por parte de Macri cuando la audiencia debió suspenderse porque el expresidente no había sido revelado del secreto de inteligencia, trámite que se ejecutó tras ese pedido y que derivó sí en su indagatoria cumplida el 3 de noviembre. El abogado Lanusse en su presentación sostuvo que existía “parcialidad” del juez, “falta de independencia” y “prejuzgamiento”.

Pero esos argumentos ahora fueron descartados por la Cámara de Mar del Plata. Los jueces describieron haber visto el video de la audiencia cuestionada por la defensa y concluyeron no advertir “algún motivo que pudiera generar temor de parcialidad o dependencia en los procedimientos, pasos y decisiones tomadas por el Juez en la causa, en lo relativo a lo acontecido en el marco de la audiencia”.

Y plantearon que “las motivaciones invocadas (por la defensa) se sustentan en criterios subjetivos, pero no llegan a alcanzar el grado de objetividad que las normas procesales imponen como acceder a lo requerido”.

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