¿Fin de los boliches en Villa Gesell?: El intendente busca prohibirlos a través de una Ordenanza

Ignacio Hernández

El intendente le pidió al HCD autorización para dar de baja las habilitaciones a los locales nocturnos.

El intendente de Villa Gesell, Gustavo Barrera, junto con su equipo vienen desarrollando distintas promociones durante la temporada baja, para atraer a un sector del turismo: La familia. De eso se trata la realización de distintas fiestas como por ejemplo la Diversidad Cultural, La Criolla y la ChocoGesell.

Según el análisis del ejecutivo, la promoción de un turismo para jóvenes no es beneficioso para los intereses de la localidad balnearia.

Lo que hizo que esta decisión terminara de formalizarse, fueron los desmanes ocurridos este último tiempo así como el caso más resonante del pasado 18 de enero, cuando era asesinado Fernando Sosa en la puerta del boliche “Le Brique”. En este contexto el intendente Barrera envió hoy al HCD un proyecto de ordenanza que tiene como fin cerrar los boliches de la ciudad.

El proyecto fue enviado a la comisión legislativa para que sea tratado, y si bien no tendrá un efecto inmediato, esperan que en los primeros meses de la temporada baja se inicie un proceso de clausura de algunos boliches geselinos como Pueblo Límite, Le Brique, Dixit y KM 20.

La iniciativa prevé habilitar a la Dirección de Legal y Técnica para dar de baja a las habilitaciones que hoy están vigentes y que no se amolden al Código de Ordenamiento Urbano.

El proyecto de ordenanza completo es el siguiente:

Villa Gesell, 04 de Febrero de 2020

VISTO: La necesidad de actualizar y modernizar la oferta turística de la ciudad mediante la modificación de algunas normas reguladoras del comercio, de modo de posibilitar un cambio paulatino y ordenado del paradigma Turístico de Villa Gesell.

CONSIDERANDO:
Que, el Partido de Villa Gesell es el segundo destino de la costa atlántica elegido por millones de turistas de todo el país durante todo el año.
Que, en los últimos 5 años se establecieron políticas públicas para fomentar el turismo durante todo el año, posicionando a Villa Gesell, con fiestas populares y campañas publicitarias segmentadas en búsqueda de familias y turismo del interior del país.
Que, la Choco Gesell, la Criolla, la Fiesta de la Diversidad Cultural y Carnavales son un eje importante en la economía geselina para romper la estacionalidad;
Que, es necesario cambiar el paradigma turístico de la ciudad, propiciando mayor cantidad de actividades, deportivas, culturales y ambientales, lo que redundará en una mayor concurrencia de turistas.
Que, se están llevando adelante políticas turísticas, tales como fomento de turismo termal, talasoterapia, ecoturismo entre otras, dándole mayor jerarquía a los recursos paisajísticos y naturales del Partido.
Que, un fenómeno reciente lo constituyen la cantidad de jóvenes que visitan la ciudad durante el mes de enero, demanda que no tiende a la baja y que colisiona con los objetivos originales y fundacionales de la ciudad.
Que, por ello desde este Departamento Ejecutivo se ha instruido a la Dirección de Asesoría Legal y Técnica para que ponga en marcha los procedimientos necesarios para extinguir las autorizaciones administrativas de aquellos locales bailables, señalados en la ley 14. 050. Y cuyo emplazamiento no se ajusta al actual Código de Ordenamiento Urbano.
Que, según los datos aportados por la Secretaria de Turismo DE La Municipalidad de Villa Gesell, los jóvenes representan un 8% del total del turismo que recibimos en la temporada alta, por lo cual se restringe la llegada de otros segmentos que vienen a descansar.
Que, es necesario el apoyo de todas las fuerzas políticas en la erradicación de las discotecas y boliches bailables de nuestra ciudad, generando un antes y un después en la política turística de los próximos años.
Por lo anteriormente expuesto, El Intendente Municipal solicita la sanción favorable del siguiente proyecto de:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Por razones de conveniencia e interés público, autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a promover los procedimientos que resulten necesarios para extinguir la autorización administrativa del local bailable conocido como “Pueblo Límite”, emplazado en la parcela Nomenclatura Catastral Circunscripción VI, sección L. Manzana 119, parcela 1 B.

ARTICULO 2º: Autorizase al Intendente Municipal, a promover las acciones que resulten necesarias para la erradicación y baja comercial de todos los locales Bailables del Partido de Villa Gesell, cuyo emplazamiento no resulta ajustado al actual Código de Ordenamiento Urbano, Ordenanza 2051.

ARTICULO 3º: Prohíbase la habilitación de Nuevos locales bailables en todo el Partido de Villa Gesell.

ARTICULO 4º: Se establece para todo local gastronómico (bares, pub, café concert y similares) el horario de cierre a las 5 AM, o antes, y el horario de apertura a partir de 7.30 AM.

ARTICULO 5º: Deróguese toda norma anterior que contraponga a la presente.

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