DOLORES: La Justicia ordenó retirar un kiosco ubicado a la vera de la ruta 63

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En un fallo dictado a fines de febrero el Juzgado Contencioso Administrativo de Dolores ordenó a Vialidad Provincial que procediera a retirar un kiosco de venta de productos regionales que se encontraba en la Ruta 63, en la zona de parrillas.

Ello fue consecuencia de una “acción de amparo” contra la Dirección de Vialidad de la Provincia que impulsara la propietaria de la parrilla “San Jorge”, ubicada a la altura del kilómetro 1 de la Ruta 63, jurisdicción de Dolores.

En la medida cautelar se indicaba que frente a su comercio y en la vía pública se había construido sin habilitación municipal, un rancho dedicado a la atención al público y venta al paso de los productos de una “parrilla” aledaña que sería de propiedad de un señor Aristegui. Y que en línea con el mismo y también frente a su comercio, se había instalado un carro de enganche de cuatro ruedas, en el cual se vendían productos regionales.

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La amparista indicaba en su presentación, que había efectuado reiterados reclamos ante la Municipalidad de Dolores y la Dirección de Vialidad, donde se había hecho caso omiso a sus peticiones. Que en septiembre de 2014 había remitido carta documento al Jefe de Vialidad local, y que ante su silencio lo había hecho entonces ante la Dirección de Vialidad de la Provincia, de la cual tampoco habría recibido respuesta alguna. Y que en agosto de 2014 había efectuado una denuncia penal ante la Fiscalía n° 2 Departamental.

Como medida cautelar y en forma urgente solicitaba la comerciante, se dispusiera el inmediato retiro de los carros que estaban funcionando frente al comercio de su propiedad, para así garantizar su derecho al trabajo, más si se tenía en cuenta que se encontraba en temporada de verano donde se incrementa más aún el trabajo de las parrillas ubicadas a la vera de esa ruta provincial.

Iniciado el expediente judicial desde el Juzgado Contencioso se dispuso un reconocimiento del lugar y el relevamiento fotográfico, del cual se desprende la presencia de los “carros” denunciados, uno de ellos y de acuerdo al cartel que poseía destinado a la venta de productos regionales. Además se libró oficio a la Dirección de Vialidad de la Provincia a fin de que remitiera los antecedentes administrativos obrantes en su poder, y que se hubieren iniciado ante el reclamo efectuado por la amparista, organismo del Estado que no dio respuesta a ese requerimiento.

El Juez Dr. Antonio Marcelino Escobar consideró al resolver la cuestión, que se encontraba “prima facie” acreditada la verosimilitud del derecho invocado por la peticionante, ya que existía una amenaza cierta de consumación del daño y un indudable peligro si había demora en otorgar la protección cautelar solicitada.

Por ello el Juez Contencioso Administrativo de Dolores resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, que en su poder de policía procediera a retirar el puesto de productos regionales que se encontraba ubicado a la vera de la ruta provincial 63, en la zona aledaña a la parrilla de propiedad de la vecina que promovió el amparo.

Fuente: Compromiso.-

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