¿Cuáles son los documentos válidos para votar? ¿Se puede votar con el DNI digital?

Sofía Martínez

El próximo mes son las elecciones definitivas y el documento de identidad es la principal herramienta con el que debemos concurrir. En ese sentido, aclararemos cuáles son los documentos válidos para votar.

El artículo 167 del Código Nacional Electoral establece que: “La Libreta de Enrolamiento (Ley 11.386), la Libreta Cívica (Ley 13.010) y el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), en cualquiera de sus formatos (Ley 17.671) son documentos habilitantes a los fines de esta ley”.

¿Cuáles son los documentos válidos para votar?

  • Libreta de enrolamiento/libreta cívica
  • DNI libreta verde
  • DNI libreta celeste
  • Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
  • Nuevo DNI tarjeta

El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón. Por tanto, no se permitirá el voto de las personas cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de los que presenten el “DNI en su celular”.

¿Se puede votar con el DNI digital?

Funcionarios del gobierno aclararon que el DNI digital no es un documento que esté habilitado por la legislación vigente para votar. Si bien sirve para acreditar identidad, para hacer trámites, entre otros, no figura entre los ejemplares establecidos en el artículo 167 del Código Nacional Electoral.

Asimismo, reconocieron que entre funcionarios de la Dirección Nacional Electoral y de la Justicia Electoral discutieron sobre la posibilidad de habilitar el DNI digital para votar, pero no prosperó por dos motivos, uno normativo, y el segundo, igual o más importante, práctico. 

El Código Nacional Electoral no contempla ese formato y para autorizarlo requeriría una nueva ley con mayoría calificada y, además, la incorporación de lectores de códigos QR en cada una de las mesas de votación para certificar que la imagen presentada en el teléfono celular corresponde a la identidad de la persona.

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