La planificación del descanso, los viajes cortos y las escapadas familiares vuelve a ocupar un lugar central a medida que se acerca un nuevo año. Con decisiones oficiales ya confirmadas y cambios pensados para estimular el turismo interno, el 2026 se perfila como un calendario especialmente atractivo para quienes buscan organizar su tiempo libre con anticipación.
Cómo queda el calendario de feriados 2026 tras el decreto del Gobierno

El Gobierno nacional oficializó el esquema de feriados y días no laborables con fines turísticos para 2026 mediante la Resolución 164/2025, publicada en el Boletín Oficial. La medida apunta a dinamizar sectores clave como la hotelería, la gastronomía y el transporte, además de facilitar la organización de actividades personales y comerciales.
Salvo enero y septiembre, todos los meses del año contarán con al menos un fin de semana largo. En total, habrá 12 fines de semana largos, con mayo y diciembre como los únicos meses que tendrán dos cada uno.
Todos los feriados y días no laborables de 2026, mes a mes
Enero
- Jueves 1: Año Nuevo (feriado inamovible).
Febrero
- Lunes 16 y martes 17: Carnaval (feriados inamovibles).
Marzo
- Lunes 23: día no laborable con fines turísticos.
- Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
Abril
- Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible), coincide con Jueves Santo (día no laborable).
- Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
- Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
- Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
- Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable).
- Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
- Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
- Viernes 10: día no laborable con fines turísticos.
Agosto
- Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (feriado trasladable).
Septiembre
- No hay feriados ni días no laborables.
Octubre
- Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).
Noviembre
- Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (se traslada desde el viernes 20).
Diciembre
- Lunes 7: día no laborable con fines turísticos.
- Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
- Viernes 25: Navidad (feriado inamovible).
Cuántos fines de semana largos habrá en 2026 y cuáles son
El calendario oficial confirma 12 fines de semana largos, algunos de tres días y otros de cuatro, distribuidos a lo largo del año:
- Del 14 al 17 de febrero: Carnaval, con cuatro días consecutivos de descanso.
- Del 21 al 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
- Del 2 al 5 de abril: Malvinas, Jueves Santo y Viernes Santo.
- Del 1 al 3 de mayo: Día del Trabajador.
- Del 23 al 25 de mayo: Revolución de Mayo.
- Del 13 al 15 de junio: Güemes (feriado trasladable).
- Del 9 al 12 de julio: Independencia más día no laborable turístico.
- Del 15 al 17 de agosto: San Martín.
- Del 10 al 12 de octubre: Diversidad Cultural.
- Del 21 al 23 de noviembre: Soberanía Nacional.
- Del 5 al 8 de diciembre: día no laborable turístico y feriado del 8.
- Del 25 al 27 de diciembre: Navidad.
Cuáles son los días no laborables con fines turísticos en 2026
Para el próximo año se establecieron tres días no laborables con fines turísticos, pensados para extender fines de semana estratégicos:
- Lunes 23 de marzo, previo al feriado del 24 de marzo.
- Viernes 10 de julio, posterior al Día de la Independencia.
- Lunes 7 de diciembre, en la antesala del feriado del 8 de diciembre.
Estos días se suman a los feriados previstos en la Ley N° 27.399, que regula los feriados nacionales en Argentina.
Diferencia entre feriado y día no laborable: qué cambia para trabajadores y empresas
La distinción entre feriado y día no laborable tiene impacto directo en el régimen laboral y la remuneración:
- El feriado es obligatorio y, si se trabaja, corresponde pago doble según la Ley de Contrato de Trabajo.
- El día no laborable queda a criterio del empleador. Si se trabaja, no hay pago adicional y se abona como una jornada habitual.
Esta diferencia es clave tanto para empleados como para empresas al momento de organizar agendas, turnos y costos laborales durante los fines de semana largos.















