Afirmaron desde la Subsecretaría de Seguridad que permanentemente se recepcionan en dicho organismo, denuncias de los vecinos por la alta velocidad a la que circulan algunos motociclistas, poniendo en riesgo su propia vida y la de terceros.
Cabe señalar que mediante la sanción de la ley 26.362 se ha incorporado al Código Penal de nuestro país, un nuevo delito que sanciona la conducta de practicar competencias de velocidad o de destreza con un vehículo automotor poniendo en riesgo la vida o la integridad personal de una o más personas, tipificándose tal ilicitud en el ahora artículo 193 bis del Código Penal, que fuera ubicado dentro del Capítulo II (delitos contra la seguridad de los medios de transporte)del Título VII del texto punitivo como forma indirecta de atentar contra la Seguridad Pública.