AYACUCHO: 9 años de prisión para joven que mató a otro de un botellazo en la Fiesta del Ternero

Francisco Díaz

En el marco de un juicio oral realizado en el Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental, los Jueces Dres. Analía Avalos (de primer voto), Eduardo Campos Campos y Antonio Severino condenaron a un joven juzgado por la muerte de otro en Ayacucho, hecho ocurrido durante la Fiesta Nacional del Ternero del año 2015.

Sobre el hecho indicó la Dra. Avalos, haber formado convicción que alrededor de las 6 de la mañana del 15 de marzo de 2015 y en circunstancias en que se estaba desarrollando la Fiesta Nacional del Ternero en Ayacucho, en inmediaciones de las calles Solanet y Sarmiento un joven le aplicó a otro un golpe con una botella de vidrio causándole la fractura del hueso occipital, lesionando el cerebro y cerebelo, generando una hemorragia subdural. Que a raíz de la lesión la víctima fue trasladada primero al Hospital local donde ingresó en estado de coma, siendo luego por su estado derivado al Hospital Interzonal de Agudos de Mar del Plata, donde falleció cuatro días después.

La policía reflejó en el acta de procedimiento haber concurrido al lugar del hecho alertados que se estaban produciendo confrontaciones entre bandos de jóvenes, detectándose a la llegada que algunos de ellos se agredían físicamente entre sí, tomándose a golpes de puño y arrojándose elementos contundentes, tales como piedras, botellas de vidrio y palos. Se dejó constancia que un joven de 20 años, Damián Benítez, presentaba traumatismo de cráneo.

Se corroboró que tanto la víctima como unos amigos habían llegado desde Rauch para participar de la Fiesta del Ternero, señalando uno de estos últimos haberlo visto peleando en el tumulto de gente, apreciando que Benítez sangraba por la nuca. Dijo que al principio este no quería subir a la ambulancia, que estaba consciente, aclarando el testigo no haber visto que la policía pegara a nadie.

Otro testigo dijo conocer al imputado de vista ya que vive en la misma ciudad de Ayacucho, y haberlo visto cuando le pegaba el botellazo en la cabeza al chico fallecido, señalando que éste estaba como agachado.

Varios testigos hicieron referencia a enfrentamientos en los que había participado el joven fallecido o su grupo de acompañantes, indicando la Juez Avalos al respecto, lo compleja y ardua que había sido la tarea de reconstruir el episodio donde el joven recibió la grave lesión que produjo su muerte, ello por las circunstancias de suceder durante una fiesta popular que congrega una gran cantidad de personas, que se desarrolla durante varias horas, y en la que muchos de los concurrentes se excedían en la ingesta de alcohol.

El imputado en su declaración posicionó la pelea en otro momento y señaló a otra persona como el agresor, sin embargo del relato de dos testigos surge que ese enfrentamiento había tenido lugar con anterioridad, que Benítez allí no había resultado lesionado, más aún, uno afirmó haber estado con la víctima 15 minutos antes del inicio de la última pelea y que estaba bien, sin lesión alguna.

Y por eso señaló la Juez, que las manifestaciones del procesado para contrarrestar las de los testigos que lo sindicaban categóricamente como la persona que golpeó a la víctima con una botella en su cabeza carecía de sustento, que ni siquiera encontraban apoyo en las testimoniales de las personas que esa noche lo acompañaban.

Si bien la Defensa en su alegato planteó a modo de hipótesis que la lesión podía haberse producido por la pata de una silla o banqueta que se arrojaban los jóvenes, o bien por los bastones usados por la policía para restablecer el orden, el fallo señala, que pese a haber concurrido al debate dos médicos Forenses estos no fueron interrogados por esa parte, para saber si tales elementos resultaban o no aptos para provocar una lesión como la constatada en la víctima, por la tanto para la Juez esa mención no pasaba de ser una mera apreciación personal sin fundamento científico.

“Martínez actuó con conocimiento y voluntad de atentar contra la humanidad de Benítez, y lo llevó a cabo con un elemento que al hacerlo impactar con fuerza en una zona vital del cuerpo puede producir una lesión mortal”, señaló en su voto, indicando la Dra. Avalos, que ello era suficiente para reprocharle la muerte producida.

Por todo ello los miembros del Tribunal por unanimidad resolvieron condenar a Jeremías Jonathan Martínez, de 24 años de edad, nacido y con domicilio en Ayacucho, como autor responsable del delito de “Homicidio simple”, imponiéndole una pena de “Nueve años de prisión”.

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