A seis meses de la desaparición del ARA San Juan: para los familiares empieza la dolorosa discusión por las pensiones

Francisco Díaz

La fecha no es solo simbólica. El jefe de la Armada Argentina, Vicealmirante José Luis Villán, le comunicó de manera extraoficial -el miércoles 9 de mayo pasado- a los dolientes familiares que por el lapso transcurrido sin señales de vida de los marinos, la ley los habilita para iniciar “el trámite de presunción de fallecimiento”.

Obtenido el certificado de defunción, un acto administrativo muy doloroso, la Armada dejará de abonar los sueldos de los tripulantes y deberán gestionar el cobro de las pensiones.

Si no hay una disposición expresa del ministerio de Defensa, a cargo de Oscar Aguad, durante esa tramitación, sus hijos y viudas no recibirán ingresos.

Los dolientes ya saben que esa remuneración será inferior al sueldo que cobraba el oficial o suboficial que ese 15 de noviembre trágico estaba a bordo del submarino.

La pensión se corresponderá a un salario desdoblado en sumas remunerativas y montos adicionales (sueldo blanco y negro), donde no figurara, por ejemplo, el plus que se les abonaba por los días que estaban embarcados.

Fuentes del ministerio de Defensa dejaron trascender, que está en estudio otorgarles una pensión igual al 100% del sueldo, en este caso hay que considerar que por muertos en acto de servicio se los asciende un grado más en la jerarquía militar. En la Armada ya esbozaron la idea para que Mauricio Macri firme un decreto declarando fallecidos a los tripulantes sin que los familiares realicen el trámite.

Sin embargo, desde Defensa, descartan de plano esa posibilidad porque es facultad del Fuero Civil ese tipo de atribuciones y no del Poder Ejecutivo.

Si los familiares no inician el trámite a los 6 meses (que es una facultad y no una obligación), recién se tendría que cumplir el plazo de los 3 años para declararlos muertos por oficio.

 

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