DOLORES: Denuncian que perro peligroso atacó y mató a otro

Francisco Díaz
dogo
IMAGEN ILUSTRATIVA

La denuncia tuvo lugar tras un episodio en el que un perro tipo Dogo salió de una vivienda a atacar a un chico de 13 años, quien paseaba junto a su perrita mestiza en la ciudad de Dolores.

A raíz del ataque, por la gravedad de las heridas recibidas, la mascota -una perra pequeña de apenas 5 kg de peso- falleció a las pocas horas, pese a haber sido intervenido quirúrgicamente. Su dueño, por fortuna, no sufrió heridas, aunque los efectos del shock fueron grandes.

Desde la protectora de animales dolorense, hicieron pública su postura al respecto: “queremos que se sancione al dueño de este animal, no al perro. Es el propietario quien debe extremar las medidas de seguridad, cumpliendo con la Ley 14107, que obliga a que quienes tengan este tipo de animales lo hagan en sus domicilios bajo un perímetro seguro, y que en caso de salir de su vivienda sea con collar, correa y bozal.”

“No es el primer caso de ataques caninos”, refirieron desde esa Entidad, “tenemos registros de ataques hacia humanos y hacia otros animales (…) En este caso, la perrita fallecida defendió a su dueño, quien también podría haber resultado gravemente herido. No es el primer animalito que vemos morir víctima de otro animal cuyo dueño, irresponsablemente, no se hace cargo de su correcto cuidado (…) y son varios también los casos en que ha habido graves ataques a criaturas, como fue el caso de la nena de Oldoni, que hace algunos años estuvo al borde de la muerte”.

Cabe recordar que hace poco más de un mes, hacia finales de febrero pasado, la titular del Juzgado nº 3 de Dolores, Dra. Analía Pepi, condenó a la propietaria de unos perros pitbull a pagar una multa de dos mil ciento setenta y cuatro pesos ($ 2.174), luego de que su animal atacara repetidas veces a la mascota de un vecino.

La tenencia de animales de razas potencialmente peligrosas está contemplada dentro de la Ley provincial 14.107, que rige desde 2010, imponiendo a los propietarios de animales de estas características los recaudos necesarios para mantener la seguridad de terceros, siendo plausibles de multas e intervención de la fuerza pública el incumplimiento de lo que dicha Ley determina.

Entre las razas consideradas dentro de la mencionada Ley figuran las siguientes: Akita Inu, American Staffordshire, Bullmastif, Bull Terrier, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileño, Gran Perro Japonés, Mastin Napolitano, Pit Bull Terrier, Presa Canario, Rottweiler y Staffordshire Bull Terrier.

ANA TAMAGNO para INFOZONA

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